Gaceta Oficial

La Habana, 13 oct -La Gaceta Oficial de la República de Cuba publicó que de acuerdo con el Plan actualizado de medidas para el enfrentamiento a la COVID-19, se restablecerá gradual y progresivamente la tramitación de los procesos judiciales.

Conforme a ello, el Tribunal Supremo Popular compartió la Instrucción No. 254, que contempla el restablecimiento de la tramitación de los procesos judiciales en general, con excepción de aquellos que no resulten posibles o pertinentes, debido a restricciones o situaciones relacionadas con el enfrentamiento a la actual pandemia.

Por tanto, los tribunales de justicia reanudarán la actividad judicial en general en el transcurso de las tres fases de la etapa de recuperación pospandemia y, en consecuencia, procederán a tramitar los procesos judiciales de todas las materias y los nuevos asuntos que se presenten.

Se dará prioridad a los asuntos que presentan mayor tiempo en los tribunales, con independencia de su complejidad, y en cuanto a los procesos penales, se priorizarán aquellos en que existan acusados en prisión provisional.

Los tribunales dispondrán el señalamiento de los actos judiciales en horarios escalonados y adoptarán cuantas medidas resulten conducentes para su celebración.

Igualmente, se informó que la tramitación de todos los procesos judiciales se realizará cumpliendo estrictamente con el acceso a la justicia, la tutela judicial efectiva, el debido proceso y los demás derechos y garantía establecidos en la Constitución y las leyes, actuando en cada caso con la racionalidad, diligencia y flexibilidad que ameriten las circunstancias.

En la Instrucción No. 254 también se contempla que producto del agravamiento de la situación higiénico sanitaria, los tribunales de justicia del territorio en cuestión procederán a interrumpir la tramitación de los asuntos judiciales de ser necesario.

También se hará énfasis en todas las sedes judiciales y sus dependencias, en el cumplimiento riguroso de las medidas de bioseguridad, y se designa a los presidentes de los tribunales el monitoreo del cumplimiento de las presentes indicaciones, así como el adoptar las medidas que correspondan ante su incumplimiento.